El jefe comunal anticipó que el municipio pagará la primera cuota de los nuevos jubilados para que accedan al beneficio. De Jesús recordó que “ya lo hicimos en los dos programas de inclusión jubilatoria anteriores, que veíamos que muchos de nuestros vecinos no podían acceder a este beneficio por no tener la cuota inicial”.
Gracias a este nuevo plan, más de mil costeros podrán regularizar sus aportes no realizados en el período 1993-2003 en 60 cuotas y acceder a la jubilación.
La nueva Ley de moratoria, dirigida a quienes ya tienen la edad para acceder a la jubilación o la cumplan en los dos años próximos de vigencia de la norma, permitirá regularizar los aportes por el período que va desde 1993 al 2003, con un plan de pagos de 60 cuotas, que serán descontadas del haber previsional hasta completar los 30 años necesarios. El valor de las cuotas se va a ajustar de acuerdo a la evolución de la movilidad previsional.
Podrán jubilarse quienes no tienen ninguna prestación previsional y quienes perciban una que no supere el valor mínimo. Por lo tanto, aquellos que cobran más que la mínima no podrán obtener un segundo beneficio utilizando la moratoria.
Es importante destacar que la moratoria anterior sigue vigente y ambos planes se complementan.
El trámite es gratuito, simple y sencillo. Además, la ANSES garantiza el asesoramiento previsional personalizado para que los adultos mayores que lo necesiten puedan regularizar su situación sin necesidad de pagarle a un gestor.
Ingreso a la moratoria. Paso a paso:
1- Obtención del turno: se puede hacer a través de www.anses.gob.ar/moratoria, enviando un SMS al 26737 con la palabra MORATORIA (espacio), DNI solicitante, (espacio), sexo; llamando al número gratuito 130 (opción 0), o dirigiéndose personalmente a las delegaciones de la ANSES o en los Centros Comunitarios del Distrito o en la Municipalidad.
2- Presentación en la ANSES: con DNI y las certificaciones de servicios que posea el titular, si trabajó en relación de dependencia. Luego, el trabajador de la ANSES realizará el cálculo de la deuda e informará sobre el plan de pagos.
3- Pago de la primera cuota: el titular deberá realizar por única vez el pago de la primera cuota en una entidad bancaria, Rapipago, Pago Fácil o Bapro Pagos. Una vez que AFIP informe a la ANSES que el pago fue realizado comienza a liquidarse el haber jubilatorio. Los habitantes del Partido de La Costa que no puedan pagarla, el municipio realizará el primer pago.
4- Otorgamiento de la jubilación: se comunicará por SMS, correo electrónico y llamado telefónico, y la liquidación será al mes siguiente.